Elegibilidad para beneficios educativos mediante la Ley GI Bill y otros programas
Infórmese sobre los requisitos de elegibilidad de la Ley GI Bill y averigüe si puede recibir esos beneficios. Los beneficios educativos de VA pueden ayudarle a pagar la matrícula, seleccionar una institución educativa, elegir una carrera y mucho más. Si usted es miembro de las fuerzas militares en servicio activo, veterano, miembro de la Guardia Nacional o de la Reserva del Ejército, o sobreviviente o dependiente calificado, infórmese sobre los beneficios educativos de VA mediante la Ley GI Bill y otros programas de asistencia educativa.
¿Soy elegible para recibir beneficios educativos mediante la Ley GI Bill Post-9/11?
Es posible que sea elegible si prestó servicio militar activo durante al menos 90 días en forma continua (días consecutivos) o interrumpida (durante periodos breves a lo largo del tiempo), después del 10 de septiembre de 2001.
Obtenga más información sobre la Ley GI Bill Post-9/11 (en inglés)
Nota: Si decide solicitar beneficios mediante la Ley GI Bill Post-9/11 (capítulo 33) y no mediante la Ley GI Bill Montgomery – Servicio Activo (MGIB-AD, capítulo 30), no puede cambiar su decisión y solicitar beneficios según MGIB-AD más tarde.
¿Soy elegible para recibir beneficios educativos de VA mediante la Ley GI Bill Montgomery?
Es posible que sea elegible para obtener beneficios mediante uno de nuestros cuatro programas de la Ley GI Bill Montgomery.
Ley GI Bill Montgomery – Servicio Activo (MGIB-AD)
Puede obtener beneficios mediante MGIB-AD si prestó servicio militar activo durante al menos dos años y cumple todos estos requisitos.
Todas las afirmaciones a continuación deben ser verdaderas:
- Fue dado de baja con honores, y
- Tiene un diploma de estudios secundarios, GED o 12 horas de créditos universitarios, y
- Cumple otros requisitos.
Nota: Si tiene solo un periodo de servicio que comenzó el 1 de agosto de 2011 o después de esa fecha, y comienza a recibir pagos mediante MGIB-AD, es posible que pierda su elegibilidad para beneficios mediante la Ley GI Bill Post-9/11.
Obtenga más información sobre MGIB-AD (en inglés)
Si desea recibir ayuda para decidir sobre sus beneficios educativos, llámenos al 888-442-4551 (TTY, por sus siglas en inglés: 711). Oprima 0 para conectarse con un agente del centro de llamadas. Dígale al agente que desea que un intérprete que hable español se una a la llamada. Atendemos de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 7:00 p.m. (hora del este).
Ley GI Bill Montgomery – Reserva Selecta (MGIB-SR)
Puede obtener beneficios mediante MGIB-SR si es miembro del Ejército, la Marina, la Fuerza Aérea, la Infantería de Marina o reservista de la Guardia Costera, miembro de la Guardia Nacional del Ejército o de la Guardia Nacional Aérea, y cumple todos estos requisitos.
Todas las afirmaciones a continuación deben ser verdaderas:
- Tiene una obligación de servicio de 6 años (usted aceptó prestar servicio durante 6 años) en el Servicio Selecto, o
- Usted es un oficial de Reserva Selecta que aceptó prestar servicio durante 6 años además de su obligación de servicio inicial, y
- Cumple otros requerimientos.
¿Cuántos meses de beneficios educativos de VA puedo recibir en total?
Puede recibir hasta un máximo de 48 meses de beneficios educativos de VA, sin incluir beneficios de Preparación y empleo de veteranos (VR&E). Sin embargo, muchos solicitantes solo reciben 36 meses de beneficios educativos.
¿Puedo obtener beneficios educativos de VA mediante otros programas?
Quizás pueda recibir ayuda para pagar matrículas, derechos de examen y costos de licencias y certificaciones avanzadas mediante otros programas de asistencia educativa de VA. Incluso podría recibir formación empresarial para ayudar a crear o mejorar una pequeña empresa.
Obtenga más información sobre formación y certificaciones avanzadas (en inglés)
Obtenga más información sobre otros programas de asistencia educativa (en inglés)
¿Puedo recibir asesoramiento profesional y educativo a través de VA?
Es posible que pueda recibir asesoramiento educativo y profesional gratuito mediante el programa de Planificación y orientación profesional personalizada (capítulo 36), si cumple uno de los siguientes requisitos.
Una de las siguientes afirmaciones debe ser verdadera:
- Dejará de prestar servicio activo pronto, o
- Fue dado de baja en el último año, o
- Usted es un veterano o dependiente elegible para recibir beneficios educativos de VA.
Obtenga más información sobre el asesoramiento educativo y profesional (en inglés)
¿Existe algún otro beneficio relacionado que podría recibir?
Si tiene una discapacidad relacionada con el servicio que limita su capacidad para trabajar o le impide hacerlo, puede que sea elegible para recibir beneficios y servicios de Preparación y empleo de veteranos (VR&E), por ejemplo, ayuda para explorar opciones de empleo y obtener más capacitación si es necesario.
Averigüe si califica para Preparación y empleo de veteranos (VR&E) (en inglés)
¿Qué debería hacer si recibí una baja del servicio no honorable, por mala conducta o deshonrosa?
Si recibió alguna de estas bajas, es posible que no sea elegible para recibir beneficios de VA.
Hay dos maneras para tratar de calificar:
¿Pueden recibir beneficios educativos de VA mi cónyuge o mis hijos dependientes?
En algunos casos, el dependiente o el cónyuge y los hijos sobrevivientes de un veterano pueden recibir asistencia educativa mediante un programa de la Ley GI Bill.
Obtenga más información sobre la asistencia para sobrevivientes y dependientes (en inglés)
Además, si no ha usado todos los beneficios según la Ley GI Bill Post-9/11, es posible que pueda transferir hasta 36 meses de beneficios a su cónyuge o hijo/a dependiente.
Obtenga más información sobre la transferencia de beneficios (en inglés)
Si tiene una discapacidad relacionada con el servicio que limita su capacidad para trabajar o le impide hacerlo, sus familiares dependientes podrían ser elegibles para recibir beneficios educativos y profesionales mediante el programa de Planificación y orientación profesional personalizada (capítulo 36).
Obtenga más información sobre los beneficios de empleo para familiares dependientes (en inglés)
¿Cómo tramito la solicitud?
Puede tramitar la solicitud en línea en este mismo momento. Deberá responder algunas preguntas en inglés primero para encontrar el formulario de beneficios educativos correcto.
Nota: Nuestros formularios de beneficios educativos en línea están en inglés.
Encuentre el formulario de beneficios educativos correcto contestando algunas preguntas (en inglés)
Obtenga más información sobre cómo solicitar beneficios educativos
Nota: Para solicitar beneficios de Preparación y empleo de veteranos (capítulo 31) o asesoramiento educativo y profesional mediante el programa de Planificación y orientación profesional personalizada (capítulo 36), deberá usar una aplicación diferente.
Averigüe cómo solicitar Preparación y empleo de veteranos (capítulo 31) (en inglés)
Averigüe cómo solicitar asesoramiento educativo y profesional (capítulo 36) (en inglés)